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Reconocidos como derechos humanos, los derechos
sexuales y los derechos reproductivos (DSR) engloban
el derecho de las personas a decidir de manera
libre sobre su sexualidad y sobre su vida reproductiva,
esferas de indiscutible importancia en la vida
cotidiana y sin lo cual difícilmente se
puede pensar en una ciudadanía real. Por
ello, los DSR garantizan la convivencia y la armonía
sexual entre hombres y mujeres, asegurando que
la sexualidad y la reproducción se ejerzan
con libertad, respetando la dignidad de las personas,
permitiéndole al ser humano el disfrute
de una sexualidad segura, placentera y con el
menor riesgo posible de sufrir complicaciones
de salud.
De manera puntual, los derechos reproductivos
son los derechos de todas las parejas e individuos
- A decidir libre y responsablemente el número,
espaciamiento e intervalo de sus hijos e hijas,
y a disponer de la información, educación
y medios para hacerlo;
- A alcanzar el nivel más elevado de
salud sexual y reproductiva; y
- A tomar decisiones acerca de su reproducción
libre de coacción, discriminación
o violencia.
Y los derechos sexuales son los derechos de todas
las parejas e individuos
- A decidir libre y responsablemente sobre
todos los aspectos de su sexualidad, incluyendo
la protección y promoción de su
salud sexual y reproductiva;
- A estar libre de coacción, discriminación
o violencia en su vida sexual y en todas las
decisiones acerca de la sexualidad;
- A contar con y demandar igualdad, consentimiento
pleno, respeto mutuo, y responsabilidad compartida
en las relaciones sexuales.
(Tomado de Family Care International. 2000. Sexual
and Reproductive Health Briefing Cards. FCI: New
York).
El Programa de Acción
formulado por la Conferencia Internacional de
Población y Desarrollo-CIPD (El Cairo,
1994), así como Plataforma Mundial para
la Acción resultante de la Cuarta Conferencia
Mundial sobre de la Mujer (Beijing, 1995) consolidan
los compromisos políticos asumidos por
los estados participantes respecto a los DSR,
entre ellos los del estado peruano.
En El Cairo se definen los derechos reproductivos
como aquellos que “abarcan ciertos derechos
humanos que ya están reconocidos en las
leyes nacionales, en los documentos internacionales
sobre derechos humanos y en otros documentos pertinentes,
aprobados por consenso en las Naciones Unidas;
se basan en el reconocimiento del derecho básico
de todas las parejas e individuos a decidir libre
y responsablemente el número de hijos,
el espaciamiento de los nacimientos, el intervalo
entre éstos, a disponer de la información
y de los medios para ello y el derecho a alcanzar
el nivel más elevado de salud sexual y
reproductiva. También incluye su derecho
a adoptar decisiones relativas a la reproducción
sin sufrir discriminación, coacciones ni
violencia, de conformidad con lo establecido en
los documentos de derechos humanos” (CPD,
7.3).
En Beijing se reafirma la definición brindada,
pero incluye ,además, otros aspectos que
pueden reconocerse como los contenidos iniciales
de los derechos sexuales; señala que “se
debe entender que los derechos humanos de la mujer
incluyen su derecho a tener control sobre las
cuestiones relativas a su sexualidad, incluida
su salud sexual y reproductiva, y a decidir libremente
respecto de esas cuestiones, sin verse sujeta
a coacción, a discriminación y violencia”.
Agrega que “las relaciones igualitarias
entre la mujer y el hombre respecto de las relaciones
sexuales y la reproducción, incluido el
pleno respeto de la integridad de la persona,
exige el respeto y el consentimiento recíprocos
y la voluntad de asumir conjuntamente la responsabilidad
de las consecuencias del comportamiento sexual”
(C 96/97).
Entre los compromisos que el estado peruano asumió
respecto a los DSR están:
- Que la salud reproductiva esté al
alcance de todas las personas lo antes posible,
preparando programas de salud reproductiva para
atender las necesidades de las mujeres y las
adolescentes.
- Apoyar el principio de la libertad de elección
en la planificación de la familia, adoptando
medidas para satisfacer las necesidades al respecto
de la población lo más antes posible.
- Proporcionar acceso universal a una gama completa
de métodos seguros y fiables de planificación
de la familia y a servicios de salud reproductiva.
- La promoción, el suministro y la distribución
fiables de preservativos de buena calidad deberían
convertirse en elementos integrantes de los
servicios de salud reproductiva.
- Posibilitar el acceso de la mujer a los sistemas
de seguridad social en condiciones de igualdad
con el hombre durante toda su vida.
- Eliminar todas las prácticas de discriminación
contra la mujer, ayudando a la mujer a establecer
y realizar sus derechos, incluidos los relativos
a las salud reproductiva y sexual.
- Intensificar esfuerzos de prevención,
diagnóstico y tratamiento de las enfermedades
de transmisión sexual y de otras infecciones
del aparato reproductivo.
- Reducciones significativas de la mortalidad
materna para el año 2005: una reducción
de la mortalidad materna a la mitad de los niveles
de 1990 para el año 2000 y una nueva
reducción a la mitad para el año
2015.
- Reconocer y afrontar las consecuencias que
tienen para la salud los abortos peligrosos.
En todos los casos las mujeres deberían
tener acceso a servicios de calidad para tratar
las complicaciones derivadas de abortos.
- Eliminar los obstáculos jurídicos,
normativos y sociales que impiden el suministro
de información y servicios de salud reproductiva
a los adolescentes.
Estos compromisos asumidos por el estado peruano
en el año 1994 y 1995 evalúan de
manera directa las gestiones de nuestros gobernantes,
y de acuerdo a las estadísticas, aún
está muy lejos de cumplir con sus compromisos
internacionales:
• El Perú tiene una de las tasas
más altas de muerte materna de América
Latina y del mundo.
• En el Perú se producen cada año
352 mil abortos clandestinos, cada hora se realizan
40 y cada día 1000 (Delicia Ferrando).
• Cerca de un millón de niños/as
nacieron sin que sus madres y padres hubieran
querido tenerlos/as (ENDES, 2000).
• 862 mil mujeres continúa con escasa
protección anticonceptiva o está
totalmente desamparada frente al riesgo de un
embarazo no deseado.
• 13% de las jóvenes entre 15 y 19
años ya son madres o están gestando
por primera vez. Esta cifra asciende al 25% en
zonas rurales y de la selva (ENDES, 2000).
• 5,000 personas se encuentran en el estadio
final de la infección por el VIH denominada
estadio Sida. Desde el inicio de la epidemia en
el Perú (1983) ya han fallecido 5,000 hombres,
mujeres y niños/as (Vía Libre).
Este panorama exige que nuestros
políticos y gobernantes consideren que
las ciudadanas y ciudadanos necesitamos que nuestros
derechos sexuales y reproductivos sean reconocidos
y protegidos al más alto nivel y además
traducidos en leyes, políticas y programas
públicos.
Ésta es la importancia
del actual proceso de debate constitucional: poder
incorporar de manera amplia en la norma de mayor
jerarquía, que es la constitución,
nuestros DSR, logrando así las garantías
necesarias para que se puedan establecer políticas
de estado que aseguren la libertad y autonomía
personal sobre las decisiones en materia de sexualidad
y reproducción.
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